La Autoridad Tributaria y de Asuntos Fiscales de la Región Autónoma de Madeira (AT-RAM) ha informado que la compra de automóviles de pasajeros no puede contabilizarse como inversión inicial para beneficiarse de la tasa reducida del Impuesto sobre Sociedades (IS) de la Zona Franca de Madeira (ZFM).
Esta interpretación, sancionada por el director regional de la AT-RAM y publicada en el Portal de Finanzas, surgió en respuesta a una empresa de consultoría informática con licencia en la ZFM. La empresa pretendía incluir el coste de un vehículo, destinado al apoyo de operaciones y desplazamientos profesionales, como inversión elegible.
La Hacienda argumenta que la inversión inicial debe corresponder a activos directamente afectados al ejercicio de la actividad económica, integrando de forma estable la estructura productiva. La adquisición de un automóvil de pasajeros, por regla general, no cumple estos presupuestos, según la administración tributaria regional, que se basa en reglamentos europeos sobre ayudas regionales a la inversión.




